Divorcio Mutuo Acuerdo
El divorcio de mutuo acuerdo es la disolución del vínculo matrimonial a través de la acuerdo de los cónyuges.
Los cónyuges que quieren divorciarse de mutuo acuerdo pueden establecer las medidas que consideren necesarias y que va a regir la disolución en el futuro.
Según el Artículo 82 del Código Civil, ahora establece que «1. Los cónyuges pueden acordar su separación de común acuerdo tres meses después del matrimonio mediante la formulación de un acuerdo de separación ante el Secretario del Tribunal o mediante escritura pública ante un Notario mediante el cual junto con su voluntad inequívoca de separarse, determinarán las medidas que regularán los efectos de la separación en los términos establecidos en el artículo 90. Los funcionarios diplomáticos o consulares, que actúen como notarios, no podrán autorizar la escritura pública de separación»